29-06-2012 Ayudas para el fomento estable dirigido a emprendedores
(ORDEN 25/2012, de 18 de junio, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones de fomento de empleo dirigido a emprendedores para el año 2012 DOCV 6803, 25/06/2012)
DESTINATARIOS
Desempleados inscritos en el SERVEF que se constituyan en autónomos o profesionales por cuenta propia.
AYUDAS
1.- SUBVENCIÓN POR CONSTITUCIÓN
• 5.000 € desempleados en general
• 6.000 € jóvenes hasta 30 años
• 7.000 € mujeres desempleadas
• 8.000 € desempleados con discapacidad
• 10.000 € mujeres desempleadas con discapacidad.
• Mujeres víctimas de violencia de género 10% más.
• + 600 € si se da cualquiera de estas circunstancias
1. que el último contrato de trabajo se hubiera extinguido a través de un ERE
2 que la actividad económica esté vinculada a las energías renovables
2. SUBVENCIÓN FINANCIERA: reducción de hasta 4 puntos de intereses de préstamos destinados a financiar inversiones.
REQUISITOS
- Inicio de la actividad dentro del año
- Desempleados inscritos en el SERVEF hasta el inicio de la actividad
- No dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en los seis meses anteriores.
- Alta en RETA o por cuenta propia (profesionales)
- Mantenimiento de la actividad 3 años.
- Al corriente obligaciones fiscales S.S. y AEAT
- Proyecto de inversiones: mínimo 5.000 euros (IVA no incluido), en inmovilizado, mercaderías, honorarios o publicidad que se consideren como gastos de primer establecimiento. No se admitirán bienes usados, salvo en el supuesto de traspaso.
- Subvención financiera:
- Préstamo acogido a convenio: mínimo 6.000 €; máximo 50.000,00 €. No se cancelará
- El 100% del préstamo destinado a inversión en inmovilizado nuevo.
- El préstamo se formalizará antes de la solicitud de ayuda y con un único prestatario.